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Bono Consumo Benimarfull
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Condiciones para Ciudadanos

Versión 1 · publicada el 31/10/2026

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y USO PARA CIUDADANOS — BONO CONSUMO BENIMARFULL 2026

1. Objeto de la campaña

El Ayuntamiento de Benimarfull pone en marcha la campaña Bono Consumo 2026, financiada por la Diputación Provincial de Alicante, con el objetivo de fomentar el consumo en los comercios, establecimientos de hostelería y servicios del municipio.

La campaña contempla la distribución de 540 bonos de 40,00 €, por un importe total de 21.600,00 €.

2. Personas beneficiarias

Podrán participar en la campaña todas las personas que figuren empadronadas en el municipio de Benimarfull a fecha de 1 de octubre de 2026.

Cada persona beneficiaria tendrá derecho a un bono consumo de 40,00 €, incluidos los menores de edad.

Los bonos correspondientes a menores de edad serán recogidos por sus padres, madres o tutores legales.

3. Solicitud y recogida de bonos

La entrega de bonos está prevista entre el 9 y el 20 de noviembre de 2026, ambos inclusive.

Los bonos serán recogidos por el representante de la unidad familiar, conforme a los datos de las hojas padronales del Ayuntamiento.

Se entregará un bono por cada miembro de la hoja padronal que cumpla los requisitos establecidos.

Para solicitar los bonos será necesario presentar:

  • Solicitud de bono consumo (Anexo II).
  • Declaración responsable (Anexo III).
  • Documento de identidad (DNI o NIE).
  • Documentación acreditativa de la representación, cuando corresponda.

La solicitud implica la aceptación de las bases reguladoras de la campaña y el cumplimiento de los requisitos establecidos.

4. Importe de los bonos

Cada bono tendrá un valor de 40,00 €.

Se asignará un bono por cada habitante empadronado que reúna los requisitos de la convocatoria.

Los bonos son personales y estarán identificados mediante un código único vinculado a la hoja padronal correspondiente.

5. Periodo de utilización

Los bonos podrán utilizarse desde el 9 hasta el 20 de noviembre de 2026, ambos inclusive.

A partir del 21 de noviembre de 2026, los bonos perderán su validez y no podrán utilizarse, renovarse ni canjearse por dinero.

6. Establecimientos participantes

Los bonos únicamente podrán utilizarse en los establecimientos comerciales, de hostelería y de servicios adheridos oficialmente a la campaña Bono Consumo Benimarfull 2026.

La relación de establecimientos participantes estará disponible en la web municipal www.benimarfull.es.

Los establecimientos adheridos dispondrán de un cartel identificativo de la campaña.

7. Condiciones de utilización de los bonos

Para utilizar los bonos será necesario cumplir las siguientes condiciones:

  1. Presentar el bono original en el establecimiento adherido en el momento de realizar la compra.

  2. Mostrar el documento de identidad para verificar la identificación de la persona beneficiaria.

  3. Realizar una compra cuyo importe sea igual o superior al valor total de los bonos utilizados.

  4. En caso de que el importe de la compra supere el valor de los bonos utilizados, la persona consumidora deberá abonar la diferencia.

  5. No será obligatorio utilizar todos los bonos de una unidad familiar en una misma compra o establecimiento.

  6. Los bonos no podrán canjearse por dinero en efectivo.

  7. No se devolverá dinero cuando el importe de la compra sea inferior al valor del bono. En ese caso, no podrá canjearse.

  8. Los bonos únicamente podrán utilizarse durante el periodo de vigencia establecido.

8. Devoluciones de productos

En caso de devolución de un producto adquirido mediante bonos consumo, no se realizará la devolución del importe en efectivo.

El establecimiento deberá emitir un vale por el importe íntegro de la compra, que podrá utilizarse en el mismo comercio, conforme a las bases reguladoras de la campaña.

9. Pérdida o uso indebido de los bonos

El Ayuntamiento no reintegrará los importes correspondientes a bonos perdidos, olvidados, caducados o no utilizados dentro del plazo establecido.

Cualquier intento de fraude, falsificación, alteración, tachadura o manipulación de los bonos podrá ser sancionado con la pérdida del derecho a participar en la siguiente campaña organizada por el Ayuntamiento.

La detección de falsedad, omisión u ocultación de documentación podrá dar lugar a la pérdida de la condición de beneficiario.

10. Bonos sobrantes

En caso de que, una vez finalizado el periodo de recogida de bonos, existan bonos sobrantes sin gastar, el Ayuntamiento podrá realizar un nuevo sorteo entre los vecinos del municipio que tengan derecho a bono, conforme a lo previsto en las bases reguladoras.

11. Protección de datos personales

Los datos personales facilitados por las personas participantes serán tratados por el Ayuntamiento de Benimarfull con la finalidad de gestionar la campaña, comprobar los requisitos de participación, asignar los bonos y controlar su correcta utilización.

El tratamiento se realizará conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la normativa española aplicable.

Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos en materia de protección de datos a través de los canales oficiales del Ayuntamiento.

12. Aceptación de las condiciones

La solicitud y recogida de los bonos implica el conocimiento y aceptación de las presentes condiciones y de las bases reguladoras de la campaña Bono Consumo Benimarfull 2026.

Las personas beneficiarias se comprometen a utilizar los bonos de acuerdo con las condiciones establecidas y exclusivamente para las finalidades previstas.

En caso de discrepancia, prevalecerán las bases reguladoras oficiales de la convocatoria.

13. Información y contacto

Ayuntamiento de Benimarfull
Plaza Mayor, 2
03827 Benimarfull (Alicante)

Web municipal: www.benimarfull.es
Información de la campaña: www.benimarfull.es/bono-consumo

Campaña Bono Consumo Benimarfull 2026 — Expediente 603/2026.

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